Condiciones Generales
Spaans TOtaal
Condiciones generales de entrega y pago de las traductoras e intérpretes de la fundación
Stichting Vertalersforum
Artículo 1 – Aplicabilidad
1.1 Estas condiciones se aplicarán sobre todas las ofertas, presupuestos y contratos entre las
traductoras e intérpretes (“la parte contratada”) afiliadas a la fundación Stichting Vertalersforum
y sus clientes.
1.2 Las desviaciones al contenido de estas condiciones solo será posible si así se hubiera
pactado, expresamente y por escrito, entre las partes respeto a la oferta o contrato en cuestión.
1.3 Todos los precios que la parte contratada comunicase a través de sus mailings, catálogos o
de la forma que fuera son precios IVA excluido y no obligarán a la parte contratante a menos que
se hubiera establecido, expresamente y por escrito, lo contrario.
1.4 La nulidad o anulación parcial de cualquier cláusula de estas condiciones no afectará a la
validez del resto de las cláusulas.
Artículo 2 – Oferta
2.1 Todas las ofertas de la parte contratada son sin compromiso, a menos que se hubiera
establecido, expresamente y por escrito, su naturaleza vinculante; dichas ofertas tendrán
una validez de dos semanas a contar desde la fecha de las mismas a menos que se hubiera
acordado, expresamente y por escrito, lo contrario.
2.2 Un contrato entre la parte contratante y la parte contratada nacerá en el momento en el que
la parte contratada hubiera confirmado a la parte contratante la aceptación del encargo o
en el momento en el que la parte contratada hubiera comenzado la ejecución del encargo
de manera tal que este hecho fuera del conocimiento de la parte contratante.
Artículo 3 – Ejecución del encargo
3.1 La parte contratada observará durante la ejecución del encargo la diligencia debida. La
parte contratada tendrá en cuenta las indicaciones de la parte contratante en la ejecución
del encargo en la medida en que la parte contratada considerase que dichas indicaciones
son conformes al deber de cuidado descrito.
El requerimiento de la parte contratada por un incumplimiento (imputable) de sus
obligaciones frente a la parte contratante, solo surtirá efectos si dicho requerimiento se
hubiera notificado por escrito certificado a la parte contratada.
3.2 A menos que se hubiera acordado lo contrario, expresamente y por escrito, la parte
contratada tendrá en todo momento el derecho de subcontratar a terceros en la ejecución
del encargo.
3.3 La parte contratante suministrará la información necesaria, a primera petición de la parte
contratada, sobre los textos por traducir.
Artículo 4 – Honorarios y gastos
La parte contratante adeudará a la parte contratada en concepto de ejecución del encargo, los
honorarios acordados. Si no se hubiera acordado un precio antes de la ejecución del contrato, la
parte contratante adeudará a la parte contratada una remuneración razonable basada en los precios
que la parte contratada impusiese habitualmente en trabajos similares. En este sentido, sobre los
trabajos de traducción se aplicará un precio por palabra y para otros trabajos, un precio por hora.
Todos los precios entre la parte contratada y la parte contratante son IVA excluido, a menos que
se hubiera indicado expresamente lo contrario. Además de estos honorarios, la parte contratada
también tendrá derecho a cobrar a la parte contratante los gastos en los que hubiera incurrido,
razonablemente, en la ejecución del encargo.
Artículo 5 – Plazo de entrega
Los plazos de entrega nombrados, en su caso, en las ofertas, confirmaciones de encargo y
contratos son plazos estimados, según el buen entender de la parte contratada, a los que esta se
atendrá en lo posible, sin embargo, no tendrán carácter vinculante. La infracción de estos plazos,
independientemente de su causa, no dará a la parte contratante el derecho a recibir indemnización
por daños y perjuicios alguna, ni a rescindir el contrato, ni a suspender el cumplimiento de
ninguna obligación que naciera para la parte contratante del contrato correspondiente o de
cualquier otro contrato relacionado con este, a menos que la infracción superara tres veces el
plazo estimado con un mínimo de diez días laborales y siempre que la infracción del plazo no
fuera imputable, parcial o totalmente a la parte contratante. El momento de la entrega será aquel
en el que el texto traducido constase como enviado por correo, por fax o por correo electrónico.
Artículo 6 – Reclamaciones
Las posibles reclamaciones deberán hacerse por escrito dentro de los ocho días laborales
siguientes al momento en el que la parte contratante hubiera tenido conocimiento del trabajo
ejecutado. La presentación de una reclamación no dará derecho a la parte contratante a suspender
sus obligaciones de pago frente a la parte contratada.
Artículo 7 – Pago
7.1 A menos que se hubiera acordado lo contrario por escrito, el pago de las cantidades
facturadas tendrá lugar en las oficinas de la parte contratada o por transferencia al número
de cuenta bancaria que esta indicase dentro de los treinta días naturales a contar a partir de
la fecha de la factura, sin que exista derecho a compensación alguna, independientemente
de su causa. Los derechos de autor sobre las traducciones entregadas descansarán en la
parte contratada hasta que hubiera tenido lugar el pago completo de aquello que la parte
contratante adeudara a la parte contratada, por el concepto que fuera, incluido
expresamente el pago de los intereses y de los gastos por cobro de deudas. La facultad de
la parte contratante de presentar reclamaciones sobre la factura caduca a los treinta días
siguientes de la fecha de la factura.
7.2 Si la parte contratante no pagara dentro del plazo acordado, incurrirá en incumplimiento
de pleno derecho, y la parte contratada podrá, sin necesidad de constituir la mora, imponer
sobre la totalidad de la cantidad adeudada, el interés legal del dinero aumentado en un 3%
a contar desde el primer día de vencimiento de la factura. Además todos los gastos
extrajudiciales (honorarios del agente judicial, del procurador y de la asistencia legal,
expresamente, incluidos), así como los gastos judiciales, correrán por cuenta de la parte
contratante Sin perjuicio del derecho a percibir una indemnización por los demás daños
sufridos por la parte contratada, las cantidades extrajudiciales en concepto de gastos de
cobro se calcularán, al menos, en un 15% más sobre la suma adeudada por la parte
contratante, partiendo de un mínimo de 150 euros, a menos que los gastos de cobro
extrajudiciales en los que se hubiera incurrido realmente superaran este porcentaje; en este
caso, la parte contratante adeudará la totalidad de estos gastos efectivos. Tanto los gastos
judiciales como los extrajudiciales serán inmediatamente exigibles desde el momento en
el que se hubieran producido.
Artículo 8 – Derechos de autor
El traductor que hubiera efectuado de hecho la traducción, conservará los derechos de autor
inmateriales que tuvieran relación con el encargo. Los derechos de autor materiales se
transmitirán a la parte contratante en el momento en el que se cumpliesen todas las obligaciones
(de pago) frente a la parte contratada.
Artículo 9 – Terminación
9.1 Sin perjuicio del derecho de la parte contratante, que no actuase en el ejercicio de una
profesión o de una empresa, de rescindir anticipadamente el contrato, este se rescindirá
entre las partes exclusivamente:
– si ambas partes hubieran cumplido con todas las obligaciones del contrato;
– si se hubiera acordado entre las partes un determinado plazo, siempre que constase
por escrito;
– por rescisión por una de las partes según el art. 6:265 del CC; y
– por rescisión, con efecto inmediato, por la parte contratada si la parte contratante
solicitara la suspensión de pagos o fuera declarada en quiebra, debiendo
entenderse que en el supuesto de rescisión según el art. 6:265 del CC por la parte
contratante, no nacerá para la parte contratada una obligación de anulación.
9.2 En el supuesto de una anulación anticipada del encargo por la parte contratante que no
actuase en el ejercicio de una profesión o de una empresa, la parte contratante, sin
perjuicio de lo establecido en el art. 7:411 del CC, adeudará a la parte contratada los
gastos en los que incurriese con motivo de la investigación y tiempo dedicado a la
redacción de glosarios y demás.
Artículo 10 – Responsabilidad
10.1 La responsabilidad de la parte contratada, si esta incurriera en cumplimiento imputable, se
limitará, salvo lo dispuesto por demás en este articulo, al cumplimiento debido de sus
obligaciones, a menos que tal cumplimiento resultara imposible temporal o
definitivamente, y a menos que la parte contratada optase por rescindir el contrato, en
cuyo caso restituirá a prorrata los honorarios recibidos por el encargo en cuestión.
10.2 La parte contratada solo responderá frente a la parte contratante, teniendo en cuenta, por
demás, lo establecido a continuación en este artículo, por los daños directos sufridos por
el incumplimiento, o cumplimiento indebido o tardío, de las obligaciones nacidas del
contrato. Se excluye la responsabilidad de la parte contratada por los daños indirectos
(entre los que se incluyen, no exhaustivamente: el lucro cesante, los daños inmateriales y
la pérdida de reputación) nacidos de un incumplimiento imputable o de la comisión de
actos ilícitos por la parte contratada, a menos que los daños fueran consecuencia de
negligencia o dolo, debiendo entenderse que la parte contratada no será responsable de los
daños que surgieran de la negligencia o dolo con la que hubieran actuado sus asistentes.
10.3 La responsabilidad de la parte contratada en virtud del art. 10.2, excepto lo establecido en
los siguientes apartados, se limitará por acto o serie de actos con una causa común a la
cantidad adeudada (IVA excluido) por el encargo en cuya ejecución hubiera nacido el
daño.
10.4 Sin perjuicio de lo establecido en el art. 10.3, la responsabilidad total acumulada de la
parte contratada no superará por encargo la cantidad total de 2.500,- EUR (dos mil
quinientos euros).
10.5 Si en derecho resultara probado que la parte contratada no pudiera acogerse a las
limitaciones de la responsabilidad descritas en los apartados anteriores por ser estas
contrarias al principio de equidad, la responsabilidad de la parte contratada por el daño
sufrido se limitará en todo caso a la cantidad que el Juez estimase oportuna en justicia y
que será tal que se respetará entre las parte el principio acordado de que la responsabilidad
de la parte contratada por los daños sufridos por la parte contratante descritos en este
artículo es limitada.
10.6 En la medida en que la parte contratada actuase como intermediaria o de otra forma, ya
fuera mediando pago o no, en el nacimiento de un contrato entre la parte contratante y un
tercero a fin de que dicho tercero traduzca o interprete para la parte contratante, la parte
contratada no responderá en ningún caso de los posibles daños que pudiera sufrir la parte
contratante en consecuencia. Esto también se aplicará en el caso de que la parte
contratante argumentara que el texto traducido incorrectamente es ambiguo.
10.7 El envío a la parte contratada de manuscritos, documentos, libros, títulos (valores) y
portadores de datos correrá por cuenta y riesgo de la parte contratante.
10.8 Sin perjuicio de lo que estableciera la ley al respecto, se considerará fuerza mayor, la
enfermedad o accidente sufridos por la parte contratada o por la persona o personas a las
que la parte contratada hubiera encargado la ejecución efectiva de las actividades, por lo
que (ya) no resultara razonablemente posible la ejecución de las actividades en cuestión
por dicha persona o personas.
Artículo 11- Reservado
Artículo 12- Descarga de la responsabilidad
La parte contratante asegura estar facultada para hacer traducir los documentos entregados y
descarga a la parte contratada de toda responsabilidad ante cualquier reclamación o demanda
(judicial) de terceros, sea cual fuera, salvo y en la medida que dicha reclamación o demanda
(judicial) fuera imputable a la negligencia o dolo de la parte contratada.
Artículo 13- Litigios
Todos los litigios y reclamaciones judiciales que pudieran surgir con motivo o en relación a la
ejecución de un encargo por la parte contratada, se presentarán ante el Juez neerlandés
competente.
Artículo 14 – Elección de derecho
Sobre todos los contratos entre la parte contratada y la parte contratante se aplicará el Derecho
neerlandés.